dc.rights.license | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ve/ | |
dc.contributor.author | - | |
dc.date.accessioned | 2013-05-15T15:01:17Z | |
dc.date.available | 2013-05-15T15:01:17Z | |
dc.date.issued | 2013-05-15T15:01:17Z | |
dc.identifier.uri | http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/37072 | |
dc.description.abstract | Se copia la solicitud de avocamiento de los expedientes que cursan ante la Sala Electoral de este Máximo
Tribunal, relativo al recurso contencioso electoral incoado contra la decisión de la Comisión Electoral de la
Universidad de Los Andes, que omiten en la publicación del padrón electoral a profesores instructores y
jubilados en el proceso de elección de Representantes de los Profesores ante los Consejos de Facultad,
Consejos de Núcleos, Consejos de Escuelas y Consejo Universitario y la publicación del padrón electoral a
los profesores instructores y jubilados, personal administrativo, obrero y estudiantes en igualdad de
condiciones, para la elección de autoridades universitarias. DECISIÓN 3. ORDENA a la Secretaría de esta
Sala oficiar a la Sala Electoral de este Máximo Tribunal, con el fin de requerir la remisión de copia certificada
de la totalidad de los expedientes identificados con los alfanuméricos AA70-E-2011-000036, AA70-E-2011-
000050 y AA70-E-2012-000039. 4. ACUERDA la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, suspende la
orden impartida por la Sala Electoral de este Supremo Tribunal al Rector de la UNIVERSIDAD DE LOS
ANDES, mediante las sentencias Nos. 58, 59 y 211, del 29 de marzo y 14 de noviembre de 2012, en virtud de
las cuales “…Se ORDENA al Rector de la Universidad de Los Andes, que en lapso perentorio, que no podrá
exceder de quince (15) días hábiles de la Universidad, desde de la notificación del presente fallo, proceda a
convocar al Consejo Universitario, para que ese órgano se instale, reforme y publique el nuevo Reglamento
Electoral, adecuando su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación, con las
consideraciones expuestas por esta Sala Electoral en la parte motiva de este fallo, en lapso de treinta (30)
días hábiles, contados desde la fecha de su instalación para el referido fin”. | es_VE |
dc.language.iso | es | es_VE |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.subject | Sala Constitucional | es_VE |
dc.subject | TSJ | es_VE |
dc.subject | Expedientes AA70-E-2011-000036 | es_VE |
dc.subject | AA70-E-2011-000050 | es_VE |
dc.subject | AA70- E-2012-000039 | es_VE |
dc.title | Solicitud de avocamiento de Universidad de Los Andes | es_VE |
dc.type | info:eu-repo/semantics/article | |
dc.description.colacion | 35-41 | es_VE |
dc.identifier.depositolegal | PP1200202ME3372 | |
dc.subject.facultad | Núcleo Rafael Rangel (NURR) | es_VE |
dc.subject.publicacionelectronica | Revista Mundo Universitario | |
dc.subject.seccion | Revista Mundo Universitario: Elecciones Presidenciales 2012 y 2013 en Venezuela | es_VE |
dc.subject.thematiccategory | Ciencias Jurídicas y Políticas | es_VE |
dc.subject.tipo | Revistas | es_VE |
dc.type.media | Texto | es_VE |